La Cámara de Diputados aprobó esta semana las leyes
reglamentarias en materia de telecomunicaciones, avaladas antes por el Senado y
enviadas por el Ejecutivo desde el pasado 24 de marzo.
Hoy por hoy las telecomunicaciones han tomado un rol
relevante y fundamental en la vida diaria de toda sociedad. Y la nuestra no es
la excepción.
Luego de múltiples debates, desacuerdos por meses,
posturas encontradas y cientos de objeciones, la Cámara de
Diputados aprobó esta semana las leyes reglamentarias en materia de
telecomunicaciones, avaladas antes por el Senado y enviadas por el Ejecutivo
desde el pasado 24 de marzo.
Pero ¿como te afecta o beneficia esta ley?, aquí
te lo enumeramos:
1. Adiós al roaming. Se elimina el
cobro por servicio de larga distancia fija y a celular, a partir de 1 de enero
del 2015 por parte de las empresas (Telmex, Axtel, Telcel, Iusacell, Nextel y
Telefónica), permitirá ahorros anuales para los consumidores por hasta 32 mil
millones de pesos.
2. Consulta de saldo gratis. En el Artículo 191
se precisa que cada vez que un requieras conocer que monto queda en tu cuenta
de prepago, se podrá consultar sin costo y sin estar condicionado a comprar saldo
adicional.
3. No pierdes tu saldo, se acumula. El saldo
que no te gastes en el tiempo que marca la recarga se congelará y acumulará
para la siguiente vez que agregues dinero a tu cuenta. (Art. 191, fracción XVI)
4. Bonificación por fallas o cargos indebidos. Los
usuarios recibirán la bonificación por cargos indebidos o fallas en servicio, o
en su caso las empresas de telefonía móvil les ofrecerán descuentos en el
servicio.
5. Portabilidad inmediata y gratis. El
trámite para cambiarte de empresa y mantener tu número será gratis para
cualquiera y un tiempo que no exceda 24 horas. (Art. 191, fracción III)
6. Desbloqueo de aparatos. Las telefónicas
quedan obligadas a desbloquear todos los celulares para que se le puedan
introducir chips de cualquier empresa. Al adquirir un teléfono en plan, el
aparato quedará desbloqueado una vez que acabe tu contrato; en tanto si se
adquiere en prepago, el desbloqueo se hará en un plazo de 24 horas después de
pagarlo. (Artículo 191, fracción XI y XII).
7. Cero cambios “sin previo aviso”. En los
contratos no podrá haber cláusulas que puedan cambiar las condiciones “sin
previo aviso” al usuario.
8. Servicio incluyente. Las empresas que
ofrecen servicio de televisión abierta quedan obligadas a incluir, en un
periodo máximo de tres años, lenguaje de señas y subtítulos en programas de
18:00 a 00:00 horas en apoyo a débiles auditivos, así como audios en dialectos
indígenas para las distinta comunidades del país. (Artículo 258).
9. Ombudsman de audiencia. Cada concesionario
de TV debe contar con un defensor de la audiencia quien recibirá y dará
seguimiento a las quejas de los usuarios.
10. Interconexión sin costo. La tarifa que se
cobran los operadores para conectar llamadas de sus usuarios será de cero pesos
cuando el servicio lo da el agente económico preponderante, Telcel. Ello
repercutirá en una baja en las tarifas de usuarios.
11. Accesibilidad. Las empresas deben
adaptar sus números de atención a clientes y sus páginas de internet para que
sean accesibles a personas con discapacidad, siempre que no les implique una
carga desproporcionada.
12. Equipos especiales. Las empresas deben
contar con equipos y terminales con funciones, programas o aplicaciones que
permitan accesibilidad a los servicios a personas con discapacidad visual,
auditiva o motriz que lo soliciten.
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